Aplicación de la transacción en procedimientos de cobro de obligación tributaria
Date
2016
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Universidad Católica de la Santísima Concepción
Abstract
En aquellos países en que el estado no es dueño de los medios de producción, los impuestos constituyen el principal ingreso del gobierno para la economía, es por ello que es de vital importancia que se efectúe una recaudación óptima de los tributos adeudados.
En nuestra legislación, una vez que el Servicio de Impuestos Internos ha efectuado el giro de un tributo, los antecedentes son entregados al Servicio de Tesorería para que proceda al cobro de estos. En una primera instancia se insta al contribuyente a fin de que efectúe el pago voluntario de la totalidad del tributo, pero en aquellos casos en que esto no ocurre se procederá a su cobro mediante el juicio ejecutivo sobre cobro de las obligaciones tributarias en dinero, el cual se encuentra regulado en los artículos 168 al 199 del Código Tributario y, de este modo, el contribuyente es compelido mediante un procedimiento coercitivo al pago del tributo.
A pesar de lo anteriormente señalado el legislador reconoce aquellas situaciones en que el contribuyente, a pesar de tener la intención de cumplir con su obligación, se ve imposibilitado de hacerlo por alguna situación económica que se encuentre sufriendo en un tiempo determinado, por lo anterior es que la ley autoriza al Servicio de Tesorería a celebrar ciertos “Convenios de pago” con el contribuyente y de este modo llegar a un acuerdo, otorgando facilidades de pago. Lo anterior es de gran utilidad para las arcas fiscales, toda vez que de no celebrar dicho convenio y proceder al cobro ejecutivo, a demás de incurrir en gastos, no está garantizado que por medio del producto del remate se obtendrá el pago integro de la obligación.
Ahora bien los convenios señalados son celebrados en el transcurso del procedimiento de cobro de la obligación tributaria, pero el legislador no ha establecido de manera clara la forma en que se plasma el acuerdo en dicho procedimiento.
Por lo anterior es que en este trabajo se intentará vislumbrar el medio idóneo para incorporar en el proceso el convenio celebrado entre las partes, de modo tal que no solo sirva como un modo de dejar constancia de aquello, sino como un medio probatorio el cual beneficiará a ambas partes, toda vez que si aún se encuentra vigente el Servicio de Tesorería no podrá reanudar el procedimiento de cobro y por otro lado si el contribuyente lo incumple las cláusulas del convenio se procederá al cobro del tributo en los términos establecidos en el Código de Comercio.
Este trabajo comenzará estableciendo lo que debemos entender por obligación tributaria, lo cual constituye el centro de la hipótesis, posteriormente trataremos de modo general el contrato de transacción regulado en el Código civil, todo lo anterior como un modo de establecer ciertas nociones de carácter general necesarias para el estudio que se realiza. Continuaremos desarrollando cada una de las etapas del procedimiento de cobro de la obligación tributaria, tal como se encuentra regulada en nuestro Código Tributario y la posibilidad de paralizar, o poner término, a dicho procedimiento mediante los convenios de pago y finalmente intentaremos dilucidar el modo idóneo para incorporarlo en el proceso.
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Keywords
Recaudación de impuestos, Compromiso, Contratos