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Book Esquemas de derecho civil de Chile V: teoría general del contrato(Tirant lo Blanch, 2020-04-22) Céspedes Muñoz, Carlos; Aedo Barrena, Cristián EduardoEl estudio del denominado "Derecho de Contratos" se efectúa tradicionalmente en dos partes: la parte general, destinada al examen del concepto, clasificación, efectos e interpretación de los contratos; y la parte especial, dedicada al análisis de los contratos en particular. La presente obra solo abarca la parte general. Y pretende entregar una visión sinóptica de la misma, a objeto de facilitar el estudio de sus contenidos a los alumnos de pregrado. El contrato constituye la manifestación más tradicional de la autonomía de la voluntad como generadora de obligaciones, intuitivamente concebida como la primera fuente de las mismas. Como una especie del género de las convenciones, cuenta con una abundante y pormenorizada reglamentación que, habitualmente, lleva a olvidar que la primera regla en cuanto a la determinación de su contenido arranca del libre albedrío de las partes. Producto de lo anterior, en ocasiones, se procura encuadrar el verdadero querer de los contratantes en modelos contractuales típicos y nominados, obrar que no es ajeno a abogados e, incluso, al propio legislador. El estudio de los contratos cobra hoy en día mayor importancia, atendida su importancia para el intercambio de bienes y servicios en el contexto de una economía global, apreciándose, en su virtud, una serie de ajustes legales y doctrinales que lo han dotado de una especial vigor.Book El case management en perspectiva comparada teoría, evolución histórica, modelos comparados y un caso en desarrollo(Tirant Lo Blanch, 2020-04-23) García Odgers, RamónEl procedimiento civil está cambiando lentamente, pero está cambiando. Pero, aunque los cambios en el mundo de la justicia civil pueden ser lentos, en algún momento alcanzan una masa crítica y desencadenan un cambio de paradigma. Este libro es la evidencia clave de este cambio de paradigma y del hecho de que ha llegado a América Latina. Como joven académico, a principios de la década de 1990, también sostenía que la justicia civil, como sabíamos, era un fenómeno atemporal. Compartí la creencia generalizada de que, al igual que hace siglos, el ingrediente más importante, o casi el único, de un buen sistema de justicia civil, eran las sentencias bien escritas que reflejan la precisión de los procedimientos de determinación de los hechos y la calidad de los argumentos legales. Pero luego, di la vuelta y me enfrenté a la realidad. La jurisdicción más cercana a mí, al igual que muchas otras jurisdicciones del sur y el este de Europa, entró en una profunda crisis que ha durado décadas. Las palabras clave usadas para describir esta crisis fueron las demoras y los casos retrasados.