Sandoval Zambrano, MarceloRabanal Bustos, Rodrigo Edgardo2015-06-182023-11-092015-06-182023-11-092015-06-182015https://tesis.ucsc.cl/handle/25022009/2106Al respecto es necesario mencionar el art. 19 nº 8 de nuestra Carta Fundamental como precursor y garante del Derecho a un medio ambiente libre de contaminación en cuanto se refiere al derecho nacional, el cual señala: “La Constitución asegura a todas las personas: 8º. El derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación, es deber del Estado velar para que este derecho no sea afectado y tutelar la preservación de la naturaleza.” y cuya implementación es desarrollada en nuestro ordenamiento jurídico por la ley 19.300 sobre “Bases Generales del Medio Ambiente” de 1994 que da autonomía y le otorga un desarrollo jurídico adecuado a esta garantía y luego por la ley 20.147 del 2010 que crea una nueva “Institucionalidad Ambiental” compuesta principalmente por el Ministerio de Medio Ambiente, el Servicio de Evaluación Ambiental y la Superintendencia de Medio Ambiente, instituciones que desarrollan la política, la normativa ambiental, la gestión y la fiscalización aplicando sanciones, respectivamente.http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/3.0/cl/Atribucion-Nocomercial-SinDerivadas 3.0 ChileDerechoDerecho Marítimo - ChileRegulación jurídica del uso del borde costero de ChileThesis